México DF., a 6 de junio del 2005.
Acción Urgente
Violación a los Derechos Humanos del Preso Político Jacobo Silva Nogales
El Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad, A.C., solicita su intervención ante las acciones de violación a los derechos humanos del C. Jacobo Silva Nogales, preso político en el CEFERESO No. 1 “La Palma”, en el Estado de México. Acciones que nos dejan con gran preocupación por las condiciones de reclusión en las que se halla y que representan un riesgo para su integridad personal y su salud física y psicológica.HECHOS:
Desde el pasado 14 de enero de 2005, las condiciones de reclusión del C. Jacobo Silva Nogales, preso político en el CEFERESO No. 1 “La Palma”, en el Estado de México, representan un grave riesgo para su integridad como ser humano así como para su salud física y mental. Se le ha sometido a revisiones denigrantes y castigos que atentan contra su dignidad; pasa 23 horas y media del día en su celda, sólo se le permite salir al patio durante media hora; se le han confiscado sus materiales de pintura y cuadros, prohibiéndole pintar; se le han negado los servicios médicos, además de los artículos personales más elementales: peine, reloj, espejo de bolsillo y limitación en el papel sanitario.
Desde el pasado 14 de enero de 2005, a raíz de la incursión del elementos del Ejército Mexicano y de la Policía Federal Preventiva al Penal de Máxima Seguridad No. 1 “La Palma”, en el Estado de México, las condiciones de reclusión de los presos se han vuelto más enérgicas, violándose sus derechos humanos y garantías constitucionales, específicamente los artículos 14, 16, 18, 19 y 22. Durante el operativo, al C. Jacobo Silva Nogales le fueron decomisadas todas sus pertenencias: documentos, libros, cuadernos, ropa, zapatos, lápiz, pluma, televisión, material de trabajo, pinceles, bastidores, pinturas, colchón y más de 30 cuadros que había hecho durante 6 meses y que hasta la fecha nadie sabe en dónde ni en qué estado se encuentran, periódicos, revistas, etc. Además, le fueron suspendidas las visitas familiares, de abogados y personas de confianza.
Como medida general para todos los presos, so pretexto de que los internos habían violado la seguridad del Centro al introducir objetos prohibidos, les suspendieron las actividades educativas, el servicio médico, trabajo, la salida al comedor y al patio, se les mantuvo en su celda las 24 hrs. del día y les fueron reducidas las compras de la tienda, limitándolos a un depósito para gastos de únicamente $300.00 mensuales, bajo el compromiso de las autoridades de proporcionarles papel higiénico, jabón, detergente y cepillo dental.
Después de dos semanas, al C. Jacobo Silva Nogales le fueron reanudadas las visitas familiares, a los dos meses las de los abogados, no así las visitas de las personas de confianza. En menor cantidad también le son devueltos sus efectos personales: algunos documentos, la televisión, un pedazo de lápiz, una pluma y dos cuadernos, dos mudas de ropa interior, el uniforme que lleva puesto, los zapatos, un rollo de papel sanitario y el colchón.
El día 26 de abril, al momento de salir al patio para la revisión corporal, un custodio le ordenó a gritos y en repetidas ocasiones que se bajara la trusa hasta el suelo, a lo que el C. Jacobo Silva Nogales se negó argumentando que esa acción consistía una violación a su dignidad y a sus derechos humanos. Como castigo por este hecho fue incomunicado por dos semanas en su celda, sin derecho a recibir visitas ni llamadas telefónicas, se le prohibió bajar al comedor y salir al patio, y le fue confiscada su televisión. Además, le fue autorizado sólo un papel sanitario por semana, por lo que se ha visto en la necesidad de “reciclar” el papel sanitario, estando a punto de limpiarse con las manos. También le quitaron el cepillo dental y aún no se lo han repuesto. Violando la Norma 15 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la ONU, la cual dispone que “se exigirá de los reclusos aseo personal y a tal efecto dispondrán de agua y de los artículos de aseo indispensables para su salud y limpieza.”
Actualmente se encuentra en las siguientes condiciones:
No tiene derecho a mantener su dignidad como ser humano.
Pasa 23 horas y media al día en su celda.
Es sometido diariamente a revisiones corporales denigrantes que consisten en bajarse el pantalón y la trusa hasta el suelo y, en ocasiones, debe agacharse y abrirse los glúteos.
No tiene derecho a pintar, pues las autoridades penitenciarias han manifestado que “se les encontró a algunos internos hasta 20 pinceles, lo cual pone en riesgo la seguridad del Centro”.
Recientemente, Jacobo reporta sentirse enfermo y mareado, con fuertes dolores de cabeza que casi lo hacen desmayarse. Estos síntomas también se manifiestan en los otros dos presos que denunciaron los abusos. Todo esto nos lleva a pensar que estos síntomas sean resultado de envenenamiento o administración de narcóticos, vía alimentos como forma de represalia por parte de las autoridades.
No se le ha brindado atención médica ni medicamentos cuando los ha requerido.
Le quitaron el peine, el pequeño espejo de bolsillo y el reloj. Esto último le hace perder la noción del tiempo y constantemente se despierta durante la noche pensando que son las seis de la mañana y de un momento a otro llegará el guardia a pasar la lista.
Las únicas propiedades con que cuenta por el momento son: una pluma, un cuaderno, algunos documentos de su proceso, dos camisetas y el uniforme que lleva puesto, el cual tiene que lavar y volvérselo a poner aún húmedo.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
El C. Jacobo Silva Nogales fue aprehendido el 19 de octubre de 1999 y desaparecido por cinco días, al igual que su esposa Gloria Arenas Agís, recluidos en régimen de incomunicación durante varios días y, según informes torturados y obligados a firmar o marcar con las huellas dactilares una declaración ya redactada. Ambos reconocen ser miembros del grupo armado de oposición “Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente” (ERPI). Tal como lo señala un informe de Amnistía Internacional de marzo del 2001 “México, Casos de Tortura, Clamor por que se haga justicia” AMR 41/008/2001/s y el cuál recomienda al gobierno de México que: 1. se lleve acabo sin dilación una investigación imparcial y eficaz sobre las circunstancias completas que rodearon la tortura, que según informes, padecieron Gloria Arenas Agís y Jacobo Silva Nogales durante el tiempo que estuvieron recluidos en régimen de incomunicación en octubre de 1999, que los métodos y resultados de esa investigación se hagan públicos, y que a los responsables se los haga comparecer ante los tribunales; 2. las autoridades competentes intenten identificar sin demora a los agentes implicados en las denuncias de tortura y los suspendan de sus funciones en espera de las conclusiones de la investigación. Sin que hasta la fecha se hayan cumplido dichas recomendaciones.
Tras un juicio ilegal que duró 3 años, durante los cuales le fueron repetidamente violadas sus garantías constitucionales y sus derechos humanos, finalmente fue sentenciado a 49 años 6 meses de prisión en el Penal de Máxima Seguridad No. 1, “La Palma”, en el Estado de México, debido a que, a juicio de las autoridades –con base en un examen criminológico elaborado por el personal médico psicológico de la misma institución y que duró de 15 a 20 minutos- el C. Jacobo Silva Nogales es una persona de alta peligrosidad que pone en riesgo a la sociedad.
Junto con otros presos, se ha puesto en huelga de hambre en diversas ocasiones, como único recurso para defender sus derechos humanos y luchar por la mejora de las condiciones de vida en prisión. Estas huelgas de hambre, sin embargo, han minado su salud.
ANTE ESTOS HECHOS GRAVES, EXIGIMOS:
Que las autoridades del penal de máxima seguridad de La Palma respeten los reglamentos y leyes que rigen las cárceles federales en México, tales como la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal Mexicano, así como las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, establecidas por la ONU.
Que se le dé ATENCIÓN MÉDICA INMEDIATA de su confianza a Jacobo Silva Nogales, ya que su actual estado de salud es preocupante.
Que se respeten las garantías y derechos de los prisioneros, tales como el cese de las revisiones al desnudo, pues representan un atentado contra su dignidad, su derecho a pintar, a tener materiales de pintura, y a tener sus pertenencias como televisiones, revistas y periódicos, lápices, papeles, su derecho a recibir visitas de sus familiares, abogados y personas de confianza, de realizar llamadas telefónicas, así como su derecho a los artículos necesarios para su aseo personal, a hacer ejercicio, acudir al comedor y a salir al patio.
Hacemos responsables a las autoridades del penal de La Palma, al Órgano Desconcentrado de Administración y Readaptación Social, y al presidente de México, Vicente Fox Quesada por cualquier daño que pueda sucederle a Jacobo Silva Nogales.
ENVIAR LLAMAMIENTOS A:
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:
Presidente Lic. Vicente Fox Quesada
Residencia Oficial de Los Pinos
Colonia San Miguel Chapultepec
Fax: (+52-55) 55 22 34 26
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
Lic. Carlos María Abascal Carranza
Secretario de Gobernación, Secretaría de Gobernación
Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez
Delegación Cuauhtémoc
México D.F., C.P. 06600, México
Fax: +525 55 093 3414
SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
Mtro. Ricardo Sepúlveda
Reforma 99. Colonia Tabacalera
CP. 06030 México, DF.
Tel: (+52-55) 51 28 02 23 y 24
Fax: (+52-55) 51 28 02 34 y 24
rsepulveda@segob.gob.mx
COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
Presidente: José Luis Soberanes
Periférico Sur 3469. Colonia San Jerónimo Lídice
CP. 10200 México, DF.
Tel: (+52-55) 54 90 74 00 al 49
Fax: (+52-55) 56 81 71 99 y 56 68 07 67
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
General Rafael Marcial Macedo de la Concha
Procurador General de la República
Reforma Cuauhtémoc esq. Violeta 75
Col. Guerrero
Delegación Cuauhtémoc
México D.F., C.P.06600, México
Fax: +525 55 346 0983
SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Lic. Ramón Martín Huerta
Teléfono: (55) 56 25 60 00 EXT. 15206 y 15214
Fax: (55) 56 25 60 04
Email: rmartin@snsp.gob.mx
Dirección: Av. Paseo de La Reforma. 364, Piso 18, Esquina Varsovia, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., CP 06600
SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Lic. Miguel Ángel Yunez Linares
Teléfono: 5242-8100 Ext. 18989
Fax: 5242-8100 Ext. 18901
Dirección: Londres 102, Piso 7, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. CP 06600
TITULAR DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL
Lic. José Luís Lagunes
Email: denuncia_prs@ssp.gob.mx
ENVIAR COPIA A:
Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad A.C.
colectivo@contralatortura.org
Tel./Fax: +52 (55)-5604 5642
y a la representación diplomática de México acreditada en su país
Para envío de llamamientos posteriores a 8 semanas a partir de la publicación de esta acción urgente, favor de comunicarse previamente al Colectivo Contra La Tortura y la Impunidad, A. C.